Qué es el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) y cuáles son sus funciones

08.04.2019

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) es un órgano colegiado de ámbito estatal que tiene la función de velar, en última instancia administrativa, por todas las cuestiones de derecho deportivo.

Surgió en 2013 como resultado de la integración del Comité Español de Disciplina Deportiva y la Junta de Garantías Electorales y asumió las competencias de ambos órganos.

De este modo, el TAD concentra en un único órgano administrativo todas las funciones de revisión de los actos de las distintas federaciones deportivas en materia de dopaje, disciplina deportiva y de garantía de la legalidad de los procesos electorales de las entidades deportivas españolas.

Orgánicamente, está adscrito al Consejo Superior de Deportes (CSD), pero actúa de forma independiente.

  • ¿Cuándo se crea este órgano?
  • ¿Cuáles son sus competencias?
  • ¿Qué ocurre con sus resoluciones?
  • ¿Quiénes componen el TAD?
  • Diferencias con el TAS

¿Cuándo se crea este órgano?

El TAD fue instituido por la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva, que modificó el artículo 84 de la Ley del Deporte (Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte), sustituyendo el Comité Español de Disciplina Deportiva por el Tribunal Administrativo del Deporte.

Posteriormente, la regulación del TAD se completó con el Real Decreto 53/2014, de 31 de enero, por el que se desarrolla la composición, organización y funciones del Tribunal Administrativo del Deporte.

¿Cuáles son sus competencias?

Las competencias o funciones del TAD se pueden clasificar en dos ámbitos: resolutivo y consultivo.

Las competencias resolutivas consisten básicamente la decisión sobre cuestiones disciplinarias deportivas (por ejemplo, el caso "Chumi" en el Barcelona-Levante de Copa del Rey) y cuestiones de dopaje, así como la tramitación y resolución de expedientes disciplinarios contra directivos de las federaciones deportivas españolas.

Las competencias consultivas se centran en la emisión de informes requeridos por el Consejo Superior de Deportes, principalmente en relación con las modificaciones de los estatutos de las federaciones en materia disciplinaria.

Además, el TAD también es responsable de velar por la conformidad a Derecho de los procesos electorales de las Federaciones. Sin ir más lejos, en abril de 2018, el TAD suspendió las elecciones a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por coincidir con una competición oficial, estimando el recurso presentado por Luis Rubiales, actual Presidente de la RFEF.

¿Qué ocurre con sus resoluciones?

Las resoluciones del TAD ponen fin a la vía administrativa, de modo que frente a ellas solo cabe interponer recurso contencioso-administrativo.

Con respecto a su ejecución, son las correspondientes federaciones deportivas las responsables de asegurar su estricto y efectivo cumplimiento.

¿Quiénes componen el TAD?

El TAD está formado por siete miembros nombrados por la Comisión Directiva del CSD (cuatro a propuesta del presidente del CSD y tres a propuesta de las Federaciones españolas), todos licenciados en Derecho.

La duración del mandato de sus miembros es de seis años y no podrán ser reelegidos. No obstante, la renovación se producirá parcialmente cada tres años.

Actualmente está compuesto por María Lidia García Fernández, como presidenta, miembro del Centro de Estudios Cooperativos de la Universidad de Santiago de Compostela; Manuel Delgado, letrado de Las Cortes; Koldo Irurzun Ugalde, profesor de Derecho del Trabajo en la Universidad del País Vasco; Cristina Pedrosa Leis, abogada del despacho Aristeia Abogados; Julián Espartero Casado, profesor titular de la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Universidad de León; Jesús Avezuela Cárcel, director general en la Fundación Pablo VI, letrado del Consejo de Estado y profesor de Derecho Administrativo en el Centro Universitario Villanueva, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid; y Rosario de Vicente, catedrática de Derecho Penal en la Universidad de Castilla-La Mancha y doctora en Derecho por la Universidad de Salamanca.

Diferencias con el TAS

No debe confundirse el TAD (Tribunal Administrativo del Deporte) con el TAS (Tribunal de Arbitraje Deportivo).

El TAS es un organismo independiente creado por el Comité Olímpico Internacional en 1984 que se encarga de dirimir disputas deportivas mediante el arbitraje.

Así, se puede acudir al TAS cuando las partes se someten a este tribunal o bien en determinadas decisiones adoptadas por federaciones internacionales que son recurribles en última instancia ante el TAS.

Fuente: https://confilegal.com/20190407-que-es-el-tribunal-administrativo-del-deporte-tad-y-cuales-son-sus-funciones/