Cuándo y por qué hacer capitulaciones matrimoniales.
En este folleto se explican los
diferentes regímenes matrimoniales existentes.
El régimen de bienes
gananciales, que rige en la mayor parte de España excepto en tres
comunidades autónomas, implica que tanto el dinero que cada cónyuge gana
como los bienes que adquieren durante el matrimonio pertenecen a ambos
por igual. También supone que la venta de cualquier bien deben hacerla
de mutuo acuerdo.
Por su parte, el régimen de separación de bienes, que
rige en Cataluña, Valencia y Baleares, establece que cada cónyuge sigue
siendo dueño de sus ingresos y posesiones, así como de las ganancias
que generen, tal y como sucedía antes del matrimonio, salvo que ambos
decidan convertir en común alguno de ellos.
Para que una pareja pueda cambiar el régimen económico de su matrimonio ha de acudir al notario para que redacte y autorice una escritura pública de capitulaciones matrimoniales.