El canal de denuncias integrado vs. el canal de denuncia diversificado

26.10.2022

Un canal de denuncias constituye básicamente una herramienta que permite a los empleados y a otras personas alertar confidencialmente a una organización sobre sospechas de mala conducta, por ello, la misma puede ser considerada también, como una especie de conducto a través del cual una persona jurídica o empresa recibe y gestiona las comunicaciones, denuncias o informaciones formuladas por sus empleados y profesionales de la organización e incluso cualquier persona vinculada con el Modelo de Cumplimiento de la misma, sobre posibles conductas irregulares o consultas de naturaleza ética de las que hayan tenido conocimiento, aunque principalmente la mismas deben ser contrarias a las normas, tanto externas o generales del ordenamiento jurídico, como aquellas que son internas de la empresa, las cuales se encuentran recogidas en sus protocolos y en sus códigos de conducta.

La regulación del canal de denuncias se encuentra en el Código Penal de 1995, donde tras la reforma operada en el mismo a través de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, y dentro de los requisitos que caracteriza, y que deben cumplir los modelos de organización y gestión en el ámbito del Compliance, se establece la necesidad de que las personas jurídicas, al amparo de lo dispuesto en el art. 31 bis 5 4º CP tienen "la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención".

La regulación del canal de denuncias se encuentra en el Código Penal de 1995, donde tras la reforma operada en el mismo a través de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, y dentro de los requisitos que caracteriza, y que deben cumplir los modelos de organización y gestión en el ámbito del Compliance, se establece la necesidad de que las personas jurídicas, al amparo de lo dispuesto en el art. 31 bis 5 4º CP tienen "la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención".

Fuente: Javier Puyol, magistrado y letrado del Tribunal Constitucional en excedencia.

https://revistas.eleconomista.es/buen-gobierno/2022/octubre/el-canal-de-denuncias-integrado-vs-el-canal-de-denuncia-diversificado-CF12358129