El canal de denuncias integrado vs. el canal de denuncia diversificado
Un canal de denuncias constituye básicamente una herramienta que permite
a los empleados y a otras personas alertar confidencialmente a una
organización sobre sospechas de mala conducta, por ello, la misma puede
ser considerada también, como una especie de conducto a través del cual
una persona jurídica o empresa recibe y gestiona las comunicaciones,
denuncias o informaciones formuladas por sus empleados y profesionales
de la organización e incluso cualquier persona vinculada con el Modelo
de Cumplimiento de la misma, sobre posibles conductas irregulares o
consultas de naturaleza ética de las que hayan tenido conocimiento,
aunque principalmente la mismas deben ser contrarias a las normas, tanto
externas o generales del ordenamiento jurídico, como aquellas que son
internas de la empresa, las cuales se encuentran recogidas en sus
protocolos y en sus códigos de conducta.
La regulación del canal de denuncias se encuentra en el Código Penal de
1995, donde tras la reforma operada en el mismo a través de la Ley
Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, y dentro de los requisitos que
caracteriza, y que deben cumplir los modelos de organización y gestión
en el ámbito del Compliance, se establece la necesidad de que las
personas jurídicas, al amparo de lo dispuesto en el art. 31 bis 5 4º CP
tienen "la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos
al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del
modelo de prevención".
La regulación del canal de denuncias se encuentra en el Código Penal de
1995, donde tras la reforma operada en el mismo a través de la Ley
Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, y dentro de los requisitos que
caracteriza, y que deben cumplir los modelos de organización y gestión
en el ámbito del Compliance, se establece la necesidad de que las
personas jurídicas, al amparo de lo dispuesto en el art. 31 bis 5 4º CP
tienen "la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos
al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del
modelo de prevención".
Fuente: Javier Puyol, magistrado y letrado del Tribunal Constitucional en excedencia.
https://revistas.eleconomista.es/buen-gobierno/2022/octubre/el-canal-de-denuncias-integrado-vs-el-canal-de-denuncia-diversificado-CF12358129